lunes, 20 de diciembre de 2010

Deducciones del 25% en la renta por donaciones a ONG (fundaciones, asociaciones,…)



Amigos, hemos recibido consultas sobre cuáles son las deducciones fiscales  por donaciones a ONG, ya  que muchas personas tienen previsto realizarlas antes de final de año. El porcentaje suele ser del  25% del importe de la donación en la cuota íntegra.


Si os interesa saber más, os remitimos a un resumen muy bueno de Fundación Lealtad,  que transcribimos a continuación: 


Como donante puedes deducirte un porcentaje de tu aportación económica a favor de ONG en el IRPF (Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas). Para ello, debes contar con un certificado que debe emitir y enviarte la ONG que haya recibido tu donación.


El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta la ONG con la que hayas colaborado.
  • El 25% del importe de la donación en la cuota íntegra –comentaros que este es el caso mayoritario-  con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002 (entidades calificadas por la ley en su artículo 16 y disposiciones 5ª, 6ª, 7ª, 9ª y 10ª y los consorcios a que se refiere su artículo 27.2 segundo).
  • El 10% del importe de la donación con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones declaradas de Utilidad Pública (art. 69.3 R.D. Legislativo 3/2004 del texto refundido de la Ley del IRPF).
  • También, debes tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que resides está sujeta a un régimen foral particular o si ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG. Además, la actividad con la que has colaborado puede haber sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la ley 49/2002 dando lugar a un mayor porcentaje de deducción.
Un saludo, Jordi Roca

Fuente:http://www.fundacionlealtad.org/web/jsp/colabora/particulares/deducciones.jsp

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