Amigos, hemos recibido consultas sobre cuáles son las deducciones fiscales por donaciones a ONG, ya que muchas personas tienen previsto realizarlas antes de final de año. El porcentaje suele ser del 25% del importe de la donación en la cuota íntegra.
Si os interesa saber más, os remitimos a un resumen muy bueno de Fundación Lealtad, que transcribimos a continuación:
Como donante puedes deducirte un porcentaje de tu aportación económica a favor de ONG en el IRPF (Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas). Para ello, debes contar con un certificado que debe emitir y enviarte la ONG que haya recibido tu donación.Un saludo, Jordi Roca
El importe de la deducción varía según el régimen fiscal al que esté sujeta la ONG con la que hayas colaborado.
- El 25% del importe de la donación en la cuota íntegra –comentaros que este es el caso mayoritario- con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones sujetas a la ley 49/2002 (entidades calificadas por la ley en su artículo 16 y disposiciones 5ª, 6ª, 7ª, 9ª y 10ª y los consorcios a que se refiere su artículo 27.2 segundo).
- El 10% del importe de la donación con un límite del 10% de la base liquidable, en el caso de fundaciones y asociaciones declaradas de Utilidad Pública (art. 69.3 R.D. Legislativo 3/2004 del texto refundido de la Ley del IRPF).
También, debes tener en cuenta si la comunidad autónoma en la que resides está sujeta a un régimen foral particular o si ha establecido deducciones adicionales por donaciones a ONG. Además, la actividad con la que has colaborado puede haber sido clasificada como actividad prioritaria de mecenazgo por la ley 49/2002 dando lugar a un mayor porcentaje de deducción.
Fuente:http://www.fundacionlealtad.org/web/jsp/colabora/particulares/deducciones.jsp
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